Canal de denuncias obligatorio: lo que debes tener ya implantado en tu empresa
Desde 2023, las empresas de más de 50 trabajadores deben contar con un canal de denuncias. Aprende sus requisitos legales, cómo gestionarlo y qué protecciones tiene el denunciante.
Desde la entrada en vigor de la Ley 2/2023, todas las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a disponer de un canal de denuncias interno. No cumplir con esta normativa puede acarrear sanciones económicas y de reputación. Este curso ofrece una guía práctica y completa para implantar y gestionar el sistema de información, cubriendo todos los requisitos legales, desde el diseño del canal hasta la protección del informante. Además, se analizan los aspectos clave de confidencialidad y protección de datos.
El participante conocerá en profundidad el marco normativo de la Ley 2/2023 y su transposición de la Directiva europea. Aprenderá qué organizaciones están obligadas, los plazos de implantación y el régimen sancionador. Se abordarán los requisitos de accesibilidad, confidencialidad e independencia del canal, así como el procedimiento completo de gestión de denuncias: recepción, acuse, investigación, resolución y archivo. También se estudiarán las medidas de protección del informante, la inversión de la carga de la prueba y el tratamiento de datos personales conforme al RGPD.
- Marco legal: Ley 2/2023, Directiva (UE) 2019/1937, ámbito de aplicación y sanciones.
- Obligados a implantar el canal: empresas de más de 50 trabajadores, sector público, partidos políticos, sindicatos, etc. Canal compartido para pymes.
- Requisitos del canal: accesibilidad (escrito, verbal, presencial), confidencialidad, responsable independiente del sistema.
- Procedimiento de gestión: recepción, acuse en 7 días, admisión/inadmisión motivada, investigación interna, resolución en 3 meses, archivo y conservación.
- Protección del informante: prohibición de represalias, medidas de apoyo, inversión de la carga de la prueba.
- Protección de datos: tratamiento conforme al RGPD, base de legitimación, información al denunciado, conservación y supresión.
- Modelos y plantillas: política del canal, procedimiento, formularios, acuse de recibo, informes de investigación y resolución.
Este curso está dirigido a compliance officers, directivos, responsables de RRHH, asesores jurídicos y cualquier profesional encargado de implantar y gestionar el canal de denuncias en organizaciones con más de 50 trabajadores. Es esencial para empresas que aún no han implantado su sistema o que necesitan verificar que cumple todos los requisitos de la Ley 2/2023. También es útil para consultores y auditores que asesoran a organizaciones en esta materia.
Al finalizar, los participantes serán capaces de diseñar e implementar un canal de denuncias conforme a la ley, gestionar cada fase del procedimiento (recepción, investigación, archivo) y garantizar la protección del informante. Con ello, la empresa reduce el riesgo de sanciones, mejora su cultura de cumplimiento y fomenta un entorno ético y transparente.
A quién va dirigido
Dirigido a compliance officers, directivos, responsables de RRHH, asesores jurídicos y cualquier profesional encargado de implantar y gestionar el canal de denuncias en organizaciones con más de 50 trabajadores. Esencial para empresas que aún no han implantado su sistema o que necesitan verificar que cumple todos los requisitos de la Ley 2/2023.
La Ley 2/2023, de 20 de febrero, transpone al ordenamiento español la Directiva (UE) 2019/1937 sobre protección de denunciantes. Desde junio de 2023, las empresas de más de 50 trabajadores tienen la obligación de disponer de un sistema interno de información (canal de denuncias). El incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas de hasta un millón de euros, además de daños reputacionales. Este curso detalla todos los requisitos legales, desde el diseño del canal hasta la gestión de denuncias y la protección del informante.
¿Quiénes están obligados a implantar un canal de denuncias?
Están obligadas todas las empresas con 50 o más trabajadores, las entidades del sector público, partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales y fundaciones que reciban financiación pública. Las empresas de 50 a 249 trabajadores pueden compartir un canal común, siempre que se garantice la independencia y confidencialidad.
¿Qué plazo tiene mi empresa para adaptarse a la Ley 2/2023?
La ley entró en vigor el 13 de junio de 2023. Desde esa fecha, las empresas de más de 50 trabajadores debían tener el canal operativo. Las que ya contaban con un sistema previo debían adaptarlo a los nuevos requisitos. No hay prórroga; el incumplimiento es inmediatamente sancionable.
¿Cuáles son los requisitos mínimos que debe cumplir el canal?
El canal debe permitir denuncias por escrito y verbalmente (presencial o por medios técnicos). Debe ser accesible, garantizar la confidencialidad del informante y de terceros mencionados, y ser gestionado por un responsable independiente. La empresa debe acusar recibo en un plazo máximo de 7 días naturales y resolver la investigación en 3 meses. Además, debe conservar un registro de las denuncias durante el tiempo necesario.
¿Qué protección tiene el denunciante frente a represalias?
La Ley 2/2023 prohíbe cualquier acto de represalia contra el informante, incluyendo despido, amenazas o discriminación. Se invierte la carga de la prueba: si el denunciante sufre un perjuicio, la empresa debe demostrar que no está relacionado con la denuncia. También se protege a testigos y personas vinculadas al informante.
¿Qué sanciones pueden imponerse por no tener canal de denuncias?
Las infracciones muy graves pueden multarse con hasta un millón de euros. Además, la empresa puede ser objeto de publicidad de la sanción y de inhabilitación para obtener subvenciones. Para directivos negligentes, la sanción puede alcanzar los 300.000 euros. Por ello, es esencial contar con un canal de denuncias que cumpla escrupulosamente la norma.
Este curso, disponible en formato SCORM 1.2 e integrable en plataformas como Moodle, proporciona las claves para implantar un sistema de whistleblowing eficaz y conforme a la Ley 2/2023. A través de casos prácticos y modelos descargables, los responsables de compliance, RRHH y asesoría jurídica podrán cumplir con todas las exigencias normativas y evitar sanciones. Una formación imprescindible para blindar la protección del informante y la ética corporativa.
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Solicitar informaciónDetalles del curso
- Duración
- 1h 30min
- Formato
- SCORM 1.2
- Idioma
- es
- Categoría
- Canal de denuncias / whistleblowing
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